11 Puntos del nuevo Sistema Nacional de salud para el bienestar

Nuevo sistema nacional de salud (captura de pantalla)

En Mérida, Yucatán el jefe del ejecutivo anunció las líneas estratégicas del Nuevo Acuerdo para garantizar el derecho a la salud, programa que viene a sustituir el Seguro Popular, y el cual según podemos resumir en 11 puntos

Serán 8 los estados de la República Mexicana que recibirán la cobertura universal de servicios de salud en la etapa de arranque, y los demás entidades ingresarán paulatinamente a este programa en un lapso de 2 años.

Campeche, Chiapas, Guerrero, Oaxaca, Quintana Roo, Veracruz y Yucatán 

1.- Garantizará atención médica y medicamentos gratuitos a la población no derechohabiente de los sistema de seguridad social. Dando mayor prioridad a la población de regiones de muy alta y alta marginación.

2.- El eje rector de este sistema implementado por el gobierno federal será la Secretaría de Salud en coordinación con instituciones públicas de salud federales y estatales.

3.- Se realizará con la transferencia de instalaciones y recursos financieros de las entidades firmantes en conjunción con recursos federales.

4.- La política de acceso a servicios de salud y medicamentos será bajo la implementación de un modelo de atención primaria de salud integrada.

5.- El programa se realizará a través de la coordinación de instituciones públicas federales y locales existentes por zona. Los institutos nacionales de salud recibirán enfermos que les sean canalizados.

6.- Se garantizará el abasto de medicamentos e insumos en cada unidad médica

7.- Se harán todas las reformas legales necesarias para facultar a la Secretaría de Salud la organización, operación, supervisión y evaluación de los servicios en las circunscripciones territoriales de los estados firmantes. Así como del mecanismo de financiamiento para su operación

8.- Se priorizará la atención de urgencias reales

9.- Se realizará planeación estratégica de nueva infraestructura de salud 

10.- Las instituciones de seguridad social deberán colaborar en la atención del publico no derechohabiente cuando cuente con capacidad suficiente para no afectar a sus propios derechohabientes.

11.- Obligatoriedad de los estados firmantes para celebrar acuerdos de certeza jurídica con el fin de cumplir los compromisos del programa.

El programa presentado, más bien delinea un esbozo sin detalle de las propuestas.  Lo más notable resaltar es la rectoría de la Secretaría de Salud en un sistema centralizado de todo el programa, de manera implícita viene la pérdida de los sistema de salud locales de la infraestructura propia y de su autonomía. Igualmente que el programa arranca con atención a los estados del sureste, a los que el jefe del ejecutivo ha decidido dar mayor atención.

El programa se compone de líneas muy generales y no ofrece detalles sobre su financiamiento, pero pone énfasis en la obligación de los estados signantes de celebrar todos los contratos de cesión de bienes y autoridad a la Secretaría de Salud.

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IMSS, criterios para el otorgamiento de incapacidades por partos prematuros.

El IMSS en su comunicado 384 del año 2017, establece criterios en materia de seguridad social  por concepto de incapacidad por maternidad otorgando invariablemente 84 días de descanso por concepto de maternidad y para el pago completo del subsidio y goce del descanso a madres aseguradas que tengan un parto adelantado.

La publicación de este criterio se realizó en el Diario Oficial de la Federal del 14 de diciembre 2017. Por lo que la adecuación de esta normatividad permite garantizar que las mamás trabajadoras, que antes sólo recibía 42 días de incapacidad y el correspondiente pago del subsidio gocen del mayor número de días posibles para restablecer su salud y cuidado a su recién nacido, al tiempo de fomentar la lactancia materna.

Por ello, a fin de atender las inquietudes de diversos sectores de la sociedad, pero sobretodo para garantizar el derecho humano de las madres trabajadoras consagrado en el artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, es que se realizó la interpretación de la Ley del Seguro Social y reglamentos, a fin de garantizar en todo momento el goce de su período de descanso íntegro de 84 días, y en su caso, del consecuente pago del subsidio que les corresponda.

Para leer la publicación del Diario Oficial de la Federación dar click AQUI

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