Cobro de impuestos sujetos “a la buena fe” en el siguiente sexenio

La bancada del partido MORENA en el senado, en esta LXVI Legislatura, promoverá la iniciativa de una “Ley de Fomento a la Confianza Ciudadana”, el objetivo de esta Ley, será el combate a la corrupción, para de esta forma, renovar la confianza ciudadana hacia las instituciones públicas, y a la vez incentivar a los contribuyentes que cumplan debidamente con la Ley, pues recibirán beneficios y facilidades administrativas para el ejercicio más eficiente de sus actividades económicas.

Bajo este esquema, los propietarios de establecimientos deberán empadronarse y manifestarán conocer las Leyes, además de contar con los permisos y requisitos necesarios. Ya en últimas fechas se habló de la Ley de responsabilidad ciudadana que desaparecerá la figura de inspectores del Gobierno Federal.

En anteriores ocasiones nos referíamos a que el fomento a la cultura contributiva que proponía el exjefe del SAT, Aristóteles Núñez, debía incorporar igualmente el abatimiento de la corrupción y mal manejo de recursos públicos. 

Parece ser que esta administración plantea transparentar finalmente el uso adecuado de los recursos públicos, como una medida que aumente el valor social de tributar.

Quizá sea un llamado al populismo, pero al menos el discurso gusta a las mayorías, probablemente incentivando el fin social. Habrá que estar al pendiente.

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FIBRAS, nociones de su régimen fiscal

En artículos anteriores ‘FIBRAS, modelo estrella de inversión en riesgo’ y ‘Fibras, si no eres inversionista ¿porqué te deben de interesar?’, expusimos el concepto de FIBRA y la situación de riesgo que Banxico había detectado en el mercado de valores con la negociación de los certificados. Ahora hablaremos del tratamiento fiscal de las fibras que es también el origen de estos fideicomisos.

Para 2004 se incorporó a la Ley del Impuesto sobre la Renta el Capítulo III referente a los estímulos fiscales a fideicomisos dedicados a la adquisición o construcción de inmuebles destinados al arrendamiento o a la adquisición del derecho a percibir ingresos provenientes del arrendamiento de dichos bienes, así como su financiamiento. El objeto de este estímulo era aprovechar la inversión de fondos de pensiones extranjeros en el fomento del mercado inmobiliario.

El régimen fiscal aplicable a las Fibras, está determinado en los artículos 187 y 188 de la Ley del Impuesto sobre la renta, LISR, en el referido Capítulo III. En realidad su tratamiento fiscal es muy simple, pues está determinado paso a paso dentro del Artículo 188 de LISR de la siguiente manera.

A su vez, el resultado fiscal que le corresponde a los inversionistas, estará sujeto a los siguientes beneficios y obligaciones.


Adicionalmente para crear una FIBRA, se deben tener en cuenta los siguientes elementos:


Asimismo, deberá estar inscrito en el Registro Nacional de Fideicomisos de conformidad con las Reglas expedidas por el SAT, y deberá repartir por lo menos una vez al año antes del 15 de marzo al menos el 95% del Resultado Fiscal del ejercicio inmediato anterior que haya generado los bienes integrantes del fideicomiso.

El patrimonio del Fideicomiso al componerse de la aportación de bienes inmuebles y dinero a través de la colocación de Certificados  y de la colocación de estos entre el gran público inversionista, le imprime una dualidad en materia fiscal y financiera cuyo objetivo no pretende ser analizado exhaustivamente en este artículo, pero que incrementa la atención y cuidado debido en la determinación del resultado del fideicomiso y sus certificados, así como en la distribución del resultado fiscal a los inversionistas.

Nuestro área de consultoría fiscal se encarga, entre otras funciones de las siguientes:

•La contabilidad del fideicomiso y determinación de valores de aportación

•determinación de su resultado fiscal

•cálculo de impuestos generados

•la determinación de la distribución del resultado fiscal a los inversionistas y su retención fiscal.

•la declaración informativa

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Planeación Fiscal, preguntas más comunes

¿qué es la planeación fiscal?

R.-Es el adecuado empleo de estrategias que permitirán reducir, eliminar y diferir el gravamen fiscal del contribuyente, actuando siempre dentro del margen legal establecido. De esta manera el contribuyentes cumplirá adecuadamente con las obligaciones establecidas en ley, dejará la evidencia documental necesaria para el futuro, protegerá su patrimonio y reducirá el riesgo. Continuar leyendo “Planeación Fiscal, preguntas más comunes”