Inflación más alta en 22 años

El índice de precios al consumidor anunciado por el INEGI, ha mostrado un crecimiento anual del 8.7%, que determina un nivel de inflación persistente y no transitorio, mayor a las fallidas predicciones anunciadas en meses previos por los Sub-Gobernadores de Banxico.

Productos agropecuarios, frutas y verduras; alimentos y bebidas no alcohólicas, restaurantes y hoteles  son los que mayores alzas de precios han presentado.

Dentro de los productos horti-frutícolas  son la cebolla, naranja y papa los que presentan lo mayores incrementos.

De esta forma, se observa que la inflación es mayor en productos básicos, lesionando más fuertemente la capacidad del consumidor de menor nivel poder adquisitivo.

Banxico, aplicando las políticas monetarias de control de inflación, ha incrementado la tasa de interés de referencia hasta llegar a un 8.50% anual, encareciendo con ello el precio de los créditos. Aunado a ello, la FED anunció hoy 21 de septiembre un incremento de 75 puntos base a su tasa de interés, siguiendo con la política monetaria agresiva para el control de la inflación en los Estados Unidos. 

Es de esperarse nuevamente un aumento de la tasa de interés de referencia por parte de Banxico, que se anunciaría el próximo 29 de septiembre.

Las elevadas tasas de interés generan efectos adversos en la inversión y el crédito, desincentivan el consumo y restringen la actividad económica del país. Es una medicina amarga que se receta para atenuar el alza continua que ha venido manifestando el índice de precios al consumidor, de no hacerlo, los efectos negativos seguramente serán más graves.

¿Qué podemos esperar?, pues que al cierre de 2022 se tenga la tasa de interés de referencia más alta en casi dos décadas.

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BANXICO aumenta a 7% la tasa de referencia

Era previsible el incremento en la tasa de interés de referencia, como medida de política monetaria para el control de la inflación. Hoy 12 de mayo, la Junta de Gobierno del Banco de México incrementó en 50 puntos la tasa para llegar a un nivel del 7%.

Las medidas de política monetaria tienen el objetivo de ayudar a controlar el nivel general de precios, sin embargo estas medidas restrictivas traerán aparejado el incremento del valor del dinero, por lo que será más caro contratar créditos, pagar los servicios de deuda de contratos ya existentes, y por ende disminuirá la inversión y la adquisición de bienes duraderos.

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La mayor inflación en 20 años 

En  nuestro  artículo Indicios de estanflación, la economía colapsará ya se había comentado sobre las consecuencias económicas que traería consigo el periodo epidémico, pues he aquí que las opiniones del Banco de México, emitidas en el 2020, fueron equivocadas, ya que los subgobernadores manifestaron que el incremento en el nivel general de precios era un condición transitoria. Nada más falso, y para prueba es que la inflación no cede, llegando a 7.68% en abril, el fenómeno se ha exacerbado por la situación Geo-Política-estratégica en terreno Ucraniano, con la Invasión Rusa al granero del Mundo a orillas del Mar Negro.

Pero,¿Qué es la Inflación?, la inflación es el aumento en el nivel general de precios, es considerado como un gran agregado macroeconómico, y determina la importancia relativa en precios promedio que un bien o servicio tiene con respecto al consumo personal y a la producción nacional. Este fenómeno que actualmente experimentamos ahora es de afectación mundial y también nacional, motivado por diversos componentes: aumento de precio de los combustibles, de los alimentos y materias primas, elevación de gastos aduanales y de logística derivados de las restricciones sanitarias, afectaciones de la política monetaria para paliar los efectos de la pandemia, así como la recuperación del consumo privado durante 2021 que tras la gradual eliminación de restricciones sanitarias ha favorecido la demanda de bienes y servicios incentivando el aumento de precios, entre otros y a nivel local país, se han presentado los incrementos más importantes al salario mínimo a partir del primer día de 2019, de igual forma la inseguridad en autopistas y carreteras ha ocasionado aumento de precios, lo mismo que la intromisión del crimen organizado en la producción y distribución de productos muy puntuales como el aguacate; entre otros factores.

Las consecuencias de la inflación son negativas y se tiene en primer lugar la pérdida del poder adquisitivo, adquirir menos mercancías y servicios a un mayor precio, lo que afecta más a la población menos favorecida, devaluación de ahorros, incremento del costo de las deudas y esto por el empleo de políticas monetarias que incrementan el precio del dinero, es decir, la tasa de interés, deterioro de la capacidad de inversión y de la adquisición de bienes de uso duradero; entre otros.

El pasado 4 de mayo el Gobierno Mexicano anunció un plan para controlar la inflación, plan que tendrá resultados limitados, dado que una gran parte de las causas del incremento generalizado de precios, son atribuibles a factores mundiales.  Es fundamental no imponer un control de precios, pues no tiene afectos sobre la inflación y causa desabasto y mercado negro.

Aunado a ello también hay que tener en cuenta que los niveles de inversión en México han mostrado una importante disminución en los últimos años, lo que implicará menor crecimiento económico, fenómeno que se complicará con las políticas restrictivas para el control inflacionario. 

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¿Porqué CoDi, ha sido un fracaso de Banxico?

Desde su lanzamiento el 30 de septiembre de 2019 y hasta el 27 de abril del 2022 solamente se han registrado 892 mil  transacciones de pago a través de esta plataforma. 

Una cifra, irrelevante, que demuestra su fracaso, pues en palabras del Subgobernador de Banxico, Gerardo Esquivel, no solamente no ha logrado aumentar el nivel de bancarización, sino que ni siquiera ha incentivado a los usuarios de tarjetas físicas para aumentar la preferencia por medios de pagos digitales.

1.- La preferencia por la posesión de efectivo que tiene la población Mexicana

2.- Complejidad de la plataforma

3.- escasa difusión del uso de la plataforma

4.- ausencia de educación financiera de una gran parte de la población

5.- no contar con teléfonos celulares inteligentes capaces de operar la plataforma

6.- temor de los usuarios, quien cobra y paga, de ser fiscalizados por el SAT

7.- aversión de los usuarios a trámites administrativos con el sistema bancario

8.- temor de relacionar una cuenta bancaria al equipo móvil que puede ser objeto de robo

Las razones anteriormente explican parcialmente la aversión a CoDi, pero la explicación más simple, para el fracaso en la adopción de esta plataforma por parte de la población mexicana, puede resumirse fácilmente en una sola palabra:  DESCONFIANZA

Esa falta de confianza origina bajos niveles de bancarización de la población, ausencia de esquemas crediticios competitivos y con ello bajos niveles de aceptación de transacciones financieras a través de los sistemas financieros. 

La seguridad y estatus que percibe gran parte de la población se da a través de la acumulación y tenencia de dinero en efectivo. La preferencia de los usuarios por el dinero físico asegura, en la perspectiva de la mayoría, la sensación de pertenencia a mayor nivel socioeconómico, sensación de poder y control, salvaguarda del patrimonio ante terceros, ya sea bancos, autoridades fiscales y delincuentes.

Del empleo de medios de pago distintos al uso del dinero en efectivo, es la tarjeta de débito la que opción que se encuentra en segundo lugar en la preferencia de los consumidores. Sin embargo CoDi, tampoco ha logrado posicionarse como una opción al uso físico de la tarjeta bancaria.

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FIBRAS, nociones de su régimen fiscal

En artículos anteriores ‘FIBRAS, modelo estrella de inversión en riesgo’ y ‘Fibras, si no eres inversionista ¿porqué te deben de interesar?’, expusimos el concepto de FIBRA y la situación de riesgo que Banxico había detectado en el mercado de valores con la negociación de los certificados. Ahora hablaremos del tratamiento fiscal de las fibras que es también el origen de estos fideicomisos.

También queremos destacar que para el público inversionista interesado en los bienes raíces, existen alternativas de menor costo y cuantía, a las FIBRAS, como son la copropiedad y el fideicomiso.

Para 2004 se incorporó a la Ley del Impuesto sobre la Renta el Capítulo III referente a los estímulos fiscales a fideicomisos dedicados a la adquisición o construcción de inmuebles destinados al arrendamiento o a la adquisición del derecho a percibir ingresos provenientes del arrendamiento de dichos bienes, así como su financiamiento. El objeto de este estímulo era aprovechar la inversión de fondos de pensiones extranjeros en el fomento del mercado inmobiliario.

El régimen fiscal aplicable a las Fibras, está determinado en los artículos 187 y 188 de la Ley del Impuesto sobre la renta, LISR, en el referido Capítulo III. En realidad su tratamiento fiscal es muy simple, pues está determinado paso a paso dentro del Artículo 188 de LISR de la siguiente manera.

A su vez, el resultado fiscal que le corresponde a los inversionistas, estará sujeto a los siguientes beneficios y obligaciones.

Adicionalmente para crear una FIBRA, se deben tener en cuenta los siguientes elementos:

Asimismo, deberá estar inscrito en el Registro Nacional de Fideicomisos de conformidad con las Reglas expedidas por el SAT, y deberá repartir por lo menos una vez al año antes del 15 de marzo al menos el 95% del Resultado Fiscal del ejercicio inmediato anterior que haya generado los bienes integrantes del fideicomiso.

El patrimonio del Fideicomiso al componerse de la aportación de bienes inmuebles y dinero a través de la colocación de Certificados  y de la colocación de estos entre el gran público inversionista, le imprime una dualidad en materia fiscal y financiera cuyo objetivo no pretende ser analizado exhaustivamente en este artículo, pero que incrementa la atención y cuidado debido en la determinación del resultado del fideicomiso y sus certificados, así como en la distribución del resultado fiscal a los inversionistas.

Nuestro área de consultoría fiscal se encarga, entre otras funciones de las siguientes:

•La contabilidad del fideicomiso y determinación de valores de aportación

•determinación de su resultado fiscal

•cálculo de impuestos generados

•la determinación de la distribución del resultado fiscal a los inversionistas y su retención fiscal.

•la declaración informativa

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¿Indicios de Estanflación?¿ La economía colapsará?

Por estanflación se entiende el fenómeno económico consistente en el crecimiento de la inflación, es decir, en el nivel general de precios y el estancamiento económico. 

El control y corrección de la estanflación, conlleva un enorme desafío para la autoridad al momento de aplicar políticas monetarias y fiscales. Pues las políticas que controlan el crecimiento generalizado de
precios afectan negativamente al crecimiento económico y la inversión, y por otro lado las políticas que promueven el crecimiento económico conllevan mayor aumento en el nivel general de precios. 

Con respecto al crecimiento económico del 5% para el 2021 expresado por el Secretario de Hacienda, no se trataría de un crecimiento propiamente dicho, sino de una recuperación de la caída en el producto interno bruto del 2020. Como bien saben las autoridades fiscales y monetarias el crecimiento económico requiere confianza por parte del consumidor y del inversionista. #el dinero huye de entornos adversos, y la implementación errática de políticas públicas en estas, ya de por sí complicadas, circunstancias epidémicas, y emisión de políticas que crean expectativas negativas en los aspectos políticos, judiciales, ataques a organismos autónomos, polarización social emanada desde el poder ejecutivo y eliminación de certidumbre a proyectos de inversión, entre otros, no favorece la fluida recuperación económica. 

 

El retiro de mas de $6mil 500 millones de dólares del país, por parte de inversionistas obedece más a las nerviosas expectativas por el aumento de tasas de interés en los Estados Unidos, que a factores internos del mercado mexicano.

Elementos previsibles en el aspecto económico son:

  • la recuperación económica no comenzará plenamente hasta que se logre el control de la epidemia Covid 19, la economía mexicana ademas, ya presentaba al cierre de 2019 un claro decrecimiento económico.
  • Las repercusiones económicas han golpeado de
  • manera desigual a la sociedad, no todos los sectores económicos afrontan el mismo grado de crisis económica y por consiguiente, los efectos económicos negativos han golpeado más fuerte a la población más pobre y vulnerable, entre esta población se encuentran las mujeres. En recientes anuncios el CONEVAL dio a conocer que la pobreza laboral aumento durante el primer trimestre del 2021 de 35.6 a 39.4% y el el ingreso real bajó 4.8% mientras que la canasta básica se incrementó en un 4%, con ello cerca del 50% de los trabajadores no pueden adquirir una canasta básica aún teniendo empleo.
  • La recuperación económica para el 2021 no será inmediata y acelerada, como lo describió en algún momento la autoridad hacendaria, en forma de  V, al menos no en todos los sectores económicos. En ciertas áreas el prolongado confinamiento causó nula oferta y demanda agregada negativa. Por lo que muchos sectores económicos cerraron definitivamente y vieron erosionado en diverso grado la posición financiera de los entes económicos. Con esto último sus ahorros se extinguieron, aumentó su nivel de endeudamiento, o simplemente cayeron en el impago de sus obligaciones.
  • Las expectativas de inversión serán negativas o al menos conservadoras, en tanto las políticas públicas estén basadas en ocurrencias, mayor control del poder ejecutivo e injerencia e inconformidad con las decisiones de los organismos autónomos, así como el gran peso que el poder ejecutivo otorga a antiguos símbolos de la soberanía nacional.
  • Efectos adversos del exterior causados por la política monetaria de los Estados Unidos y la continuación de políticas proteccionistas.
  • La tasa de inflación anualizada llegó a 6.08% que es la tasa más elevada en los últimos 4 años, por lo que Banxico se verá limitado para disminuir la tasa de interés permaneciendo en el 4%.

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Reforma Constitucional ¿generadora de desconfianza?

 

En estos últimos meses, el Presidente de México, se encuentra de muy mal humor, parece nada salirle bien. La epidemia no cede, las vacunación se retrasa, los partidos políticos de oposición forman un bloque para evitar que su partido ocupe escaños en el Congreso y con ello se diluya el respaldo del órgano legislativo al cumplimiento de su mandato. Por si ello fuera poco, sus planes de Reforma al Sector energético se han topado de frente con las decisiones de jueces y magistrados que han otorgado amparos a las empresas particulares que se ven afectadas por las restricciones que les impone la reforma a Ley de la Industria  Eléctrica.

Enero 2021 se remite al Congreso una Iniciativa de Proyecto para reformar la Ley de la Industria Eléctrica, que finalmente es aprobada por la mayoría de congresistas del partido oficial en el poder. 

El espíritu y objetivo primordial de esta iniciativa de Ley es la eliminación del Mercado Eléctrico Mayorista para dar prioridad a la entidad estatal, la Comisión Federal de Electricidad, por encima de los productores privados. La Comisión Federal de Competencia ya declaró anti-competitiva esta Ley pues favorece el comportamiento monopólico de la entidad en perjuicio de sus competidores privados. Adicionalmente la Ley es violatoria del Tratado de Libre Comercio con Estados Unidos y Canadá, T-MEC. 

Ante la opinión negativa de organismos independientes , Don Andrés ha explotado contra las comisiones de competencia y de regulación, órganos autónomos, amenazádolas con fusionarlas, disminuir su presupuesto y desaparecerlas como solución final.  

El Presidente ahora también ve como enemigos, a jueces y magistrados del poder judicial, que han otorgado suspensiones temporales en favor de los afectados por esta Ley reformada. El proceso judicial apenas comienza y es de esperarse que llegue hasta la Suprema Corte de Justicia. 

A todas luces, la Ley es contraria a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que en su artículo 25 y 26 expone:

….”Artículo 25. Corresponde al Estado la rectoría del desarrollo nacional para garantizar que éste sea integral y sustentable, que fortalezca la Soberanía de la Nación y su régimen democrático y que, mediante la competitividad, el fomento del crecimiento económico y el empleo y una más justa distribución del ingreso y la riqueza, permita el pleno ejercicio de la libertad y la dignidad de los individuos, grupos y clases sociales, cuya seguridad protege esta Constitución. La competitividad se entenderá como el conjunto de condiciones necesarias para generar un mayor crecimiento económico, promoviendo la inversión y la generación de empleo….

Artículo 26.
A. El Estado organizará un sistema de planeación democrática del desarrollo nacional que imprima solidez, dinamismo, competitividad, permanencia y equidad al crecimiento de la economía para la independencia y la democratización política, social y cultural de la nación. 

Párrafo reformado DOF 05-06-2013 …….”

Sabedor, Don Andrés, de que el máximo tribunal del país declare que la Ley de la Industria Eléctrica es contraria a la Constitución y la deseche, ha decido entonces que la solución más idónea será modificar la Constitución para no contrariarla con sus iniciativas. 

La modificación de la Constitución no es un proceso sencillo ni rápido. Según el artículo 135 establece que cualquier adición o modificación a la Carta Magna deberá ser aprobada por el Congreso de la Unión y además contar con la aprobación de la mayoría absoluta, la mitad más uno, de los Congresos de los Estados de la República. En este momento ambos obstáculos los tiene resuelto el gobierno de la 4T, pues es mayoría de diputados Federales y 19 congresos  locales de los 32 son mayoría del partido dominante y sus aliados. Sin embargo, serán las próximas legislaturas quienes decidirán al respecto. Ya que las elecciones para designación de congresistas federales y algunos locales se efectuarán el próximo 6 de junio, aún se desconoce la tendencia definitiva en preferencias electorales, pero el descontento con el gobierno actual y su administración y manejo de la crisis epidémica ha dejado molestias que se reflejarán en las urnas.

Una modificación constitucional cuyo único objetivo sea ajustarla a legislaciones secundarias que dé ella emanan, genera intranquilidad en los gobernados, desconfianza en los inversionistas, y temor en los mercados financieros, toda vez que los capitales ‘huyen’ de los problemas o de la simple percepción de un entorno adverso.

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Constitución de una Fintech

FME CONTADORES, estamos apoyando la creación de una FINTECH con estas características:

ITFD es una institución financiera tecnológica promotora de inversión. Nos enfocaremos en una primera instancia al crowdfunding o financiamiento colectivo.

ITFD se atenderá el financiamiento colectivo de donaciones a través de Dar para Ayudar (DPA)

De igual forma apoyará el financiamiento de proyectos con fines productivos a través de Respáldame

Somos parte de la revolución que se está gestando en el mundo que tiene como meta apoyar proyectos sociales que generen mejores condiciones de vida  para todos.

https://dpa.itfd.mx/

 

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LEY FINTECH, Decreto de expedición. 

Con fecha 9 de marzo, fue publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la Ley de Instituciones de Tecnología Financiera (Ley Fintech), una vez que ayer por la noche, durante la apertura de la Convención Nacional Bancaria, el Presidente de la República firmó el decreto de expedición.  Lo cual simbólicamente ofrece una mala imagen para el sector Fintech, pues el hacer oficial su promulgación ante los organismos bancarios, daría la impresión que cuenta con el aval y consentimiento de los bancos. Es menester mencionar que las Fintech, no quedarán supeditadas al aval bancario, pues no serán reguladas por la Ley de Instituciones de Crédito, ni siquiera son organismos auxiliares del Sistema Bancario Mexicano, al no ser reguladas por la Ley de Operaciones y Actividades Auxiliares del Crédito. Así que su promulgación dentro de una convención de un sector tan conservador, da la impresión que las Fintech tendrán el trato de una institución de crédito.

Esta nueva Ley pretende dotar de certidumbre a los clientes e inversionistas del mercado de las Financieras Tecnológicas.

Aquí dejamos la liga directa al sitio web del DOF, para consultar la Ley Fintech.

Título I.- Disposiciones preliminares ( glosario, principios de aplicación, observancia y aplicación)

Título II.- Definición y operaciones de las Instituciones de Tecnología Financiera, solicitudes de autorización ante la CNBV, Define 3 tipos:

Capítulo I.- Instituciones de Financiamiento Colectivo, Crowdfunding o micromecenazgo

Capítulo II.-  Instituciones de Fondos de Pago electrónico

Capítulo III.- De las instituciones que realizan operaciones con activos virtuales

Título III.- Disposiciones Generales

Capítulo I .- De la autorización para operar

Capítulo II.- De la operación de las Instituciones de Tecnología Financiera

Capítulo III.- De la suspensión y revocación de la autorización para operar

Capítulo IV .- De la Inspección, vigilancia e Intercambio de información

Capítulo V.- Asociaciones gremiales

Título IV.- De las autorizaciones temporales y operación con activos virtuales

Capítulo I.- De la autorización de modelos novedosos

Capítulo II.- De los modelos novedosos en entidades reguladas

Capítulo III.- De la operación de Entidades financieras con activos virtuales

Capítulo IV.- Otras obligaciones y de la revocación de las autorizaciones temporales

Título V.- Grupo de innovación financiera.- Crea un grupo mixto de consultoría, asesoría y coordinación entre el sector público y privado, para estudiar y planear el desarrollo y regulación.

Título VI.- Sanciones y Delitos

Capítulo I.- sanciones administrativas

Capítulo II.- De los delitos

Título VII.- De las notificaciones

Disposiciones transitorias

Para no hacer más extenso este artículo, en futuras entregas analizaremos a detalle las particularidades más importantes de esta Ley.

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LEY FINTECH, aprobada. 

Con fecha 1 de marzo 2018, la iniciativa de ley fue aprobada en lo general y en lo particular por mayoría en el Congreso de la Unión; con 263 votos a favor, 3 en contra y 63 abstenciones.

La Ley que llevará el nombre :  ‘LEY PARA REGULAR LAS INSTITUCIONES DE TECNOLOGÍA FINANCIERA’  será turnada al Ejecutivo Federal para los efectos constitucionales.

En su explicación de motivos se establece que  la regulación de las FINTECH se estableció para la protección al consumidor que tiene como objetivo cuidar al cliente estableciendo mecanismos de defensa y verificación de estándares mínimos, así como otorgar facultades de regulación y supervisión a las autoridades financieras. Asimismo, se establecen los lineamientos para la protección de datos personales, así como la obligación de competa divulgación a clientes e inversionistas del modelo de operación y factores de riesgo que podrían presentar las ITF.

Ya Agustin Carstens tras tomar las riendas del Banco de Pagos Internacionales, ha tomado como prioridad la contención de los activos virtuales, a efecto de preservar la estabilidad del sistema financiero internacional.  Banxico sigue muy de cerca estas observaciones y recomendaciones.

Ahora sólo nos queda esperar la publicación de la Ley Fintech.

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