Sociedad anónima promotora de Inversión (S.A.P.I.)

Es durante el sexenio del Presidente Vicente Fox, que el Poder Ejecutivo expresa en explicación de motivos, que la acumulación del capital físico y humano es factor determinante en el crecimiento del país, y que las dos variables del proceso de intermediación crediticia que más impulsan el desarrollo son el mercado de valores y el crédito bancario. Sin embargo, reconoce que el mercado de valores, que está integrado por instrumentos de deuda y capital, no ha tenido un desarrollo óptimo.

La iniciativa que modificó a la Ley del Mercado de Valores, estableció como prioridades, entre otras: la promoción del acceso de las medianas empresas al mercado de valores y la consolidación del régimen aplicable a las sociedades anónimas bursátiles. Para lograr lo anterior la Ley del Mercado de Valores se propuso desarrollar el mercado de capital de riesgo, para lo cual se creó la figura de Sociedad Anónima Promotora de Inversión (S.A.P.I.) como un sub-tipo de sociedad de adopción voluntaria que representa un paso intermedio entre una sociedad mercantil común y una sociedad anónima bursátil cuyas acciones están listadas en mercados de valores. De esta forma se facilita el acceso a recursos económicos, por lo que se incentiva el capital privado y de riesgo, facilitando la competitividad de la sociedad ante un entorno competido por recursos.

Así que la figura de Sociedad Anónima Promotora de Inversión se creó con la aprobación de la Reforma a la Ley del Mercado de Valores, publicada el 30 de diciembre de 2005.

La peculiaridad de la SAPI, es que debido a su carácter híbrido, se le da el trato de una sociedad mercantil reconocida y regulada por la Ley General de Sociedades Mercantiles, al ser una modalidad de Sociedad Anónima de Capital Variable, establecidas  según los artículos 12 al 18 de la Ley del Mercado de Valores, y de observancia supletoria por la Ley General de Sociedades Mercantiles en lo no previsto en la LGSM.

Los beneficios que ofrece la creación de una SAPI pueden resumirse en los siguientes términos:

  • permite la inscripción en el mercado de valores, presentando el prospecto de cotización, sin adecuaciones adicionales al contrato social, de igual manera permite mecanismos eficientes para implementar estrategias de salida de capital privado.
  • ofrece un régimen corporativo más flexible que la Sociedad Anónima tradicional  al permitir la regulación de derechos corporativos, los cuales están prohibidos para la Sociedad Anónima.
  • La SAPI facilita el mecanismo para el nombramiento de consejeros, así como la facilidad en la aprobación de votos para llevar a cabo acciones en el gobierno corporativo de la Sociedad.
  • ofrece mayor protección a los accionistas minoritarios al flexibilizar y quitar el rigor que los requisitos exigidos por la Sociedad Anónima para convocar a sesiones de asamblea, designación de comisarios, o preparar acciones en contra de resoluciones tomadas por la asamblea.

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FIBRAS, nociones de su régimen fiscal

En artículos anteriores ‘FIBRAS, modelo estrella de inversión en riesgo’ y ‘Fibras, si no eres inversionista ¿porqué te deben de interesar?’, expusimos el concepto de FIBRA y la situación de riesgo que Banxico había detectado en el mercado de valores con la negociación de los certificados. Ahora hablaremos del tratamiento fiscal de las fibras que es también el origen de estos fideicomisos.

También queremos destacar que para el público inversionista interesado en los bienes raíces, existen alternativas de menor costo y cuantía, a las FIBRAS, como son la copropiedad y el fideicomiso.

Para 2004 se incorporó a la Ley del Impuesto sobre la Renta el Capítulo III referente a los estímulos fiscales a fideicomisos dedicados a la adquisición o construcción de inmuebles destinados al arrendamiento o a la adquisición del derecho a percibir ingresos provenientes del arrendamiento de dichos bienes, así como su financiamiento. El objeto de este estímulo era aprovechar la inversión de fondos de pensiones extranjeros en el fomento del mercado inmobiliario.

El régimen fiscal aplicable a las Fibras, está determinado en los artículos 187 y 188 de la Ley del Impuesto sobre la renta, LISR, en el referido Capítulo III. En realidad su tratamiento fiscal es muy simple, pues está determinado paso a paso dentro del Artículo 188 de LISR de la siguiente manera.

A su vez, el resultado fiscal que le corresponde a los inversionistas, estará sujeto a los siguientes beneficios y obligaciones.

Adicionalmente para crear una FIBRA, se deben tener en cuenta los siguientes elementos:

Asimismo, deberá estar inscrito en el Registro Nacional de Fideicomisos de conformidad con las Reglas expedidas por el SAT, y deberá repartir por lo menos una vez al año antes del 15 de marzo al menos el 95% del Resultado Fiscal del ejercicio inmediato anterior que haya generado los bienes integrantes del fideicomiso.

El patrimonio del Fideicomiso al componerse de la aportación de bienes inmuebles y dinero a través de la colocación de Certificados  y de la colocación de estos entre el gran público inversionista, le imprime una dualidad en materia fiscal y financiera cuyo objetivo no pretende ser analizado exhaustivamente en este artículo, pero que incrementa la atención y cuidado debido en la determinación del resultado del fideicomiso y sus certificados, así como en la distribución del resultado fiscal a los inversionistas.

Nuestro área de consultoría fiscal se encarga, entre otras funciones de las siguientes:

•La contabilidad del fideicomiso y determinación de valores de aportación

•determinación de su resultado fiscal

•cálculo de impuestos generados

•la determinación de la distribución del resultado fiscal a los inversionistas y su retención fiscal.

•la declaración informativa

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PREVENCIÓN DE LAVADO DE DINERO Y FINANCIAMIENTO AL TERRORISMO, Artículos en materia PLD / FT

Al público interesado en prevención de lavado de dinero y financiamiento al terrorismo, presentamos una recopilación de nuestros artículos en la materia, mismos que hemos publicado desde 2011.

El concepto PLD / FT, es de especial interés para los entes financieros supervisados por la CNBV. La información está orientada a Oficiales de Cumplimiento, Auditores Internos y Externos, abogados y demás profesionales relacionados PLD / FT.

Además de temas relativos al cumplimiento de obligaciones en materia PLD / FT supervisadas por la CNBV y requisitos para obtener y renovar el registro , también ofrecemos artículos relativos a la LFPIORPI* de cumplimiento obligatorio para los sujetos que realizan operaciones vulnerables.

 

*LFPIORPI.- Ley Federal para la prevención e identificación de operaciones con recursos de procedencia ilícita.

Aquí nuestra guía de Artículos en la materia:

AUDITORÍA Y NORMAS PLD / FT

Reforma a la Ley de Instituciones de Crédito, atribuciones indebidas a la UIF

CERTIFICACIÓN EN LA PREVENCIÓN DE LAVADO DE DINERO Y FINANCIAMIENTO AL TERRORISMO. CNBV

AUDITORÍA Y SUPERVISIÓN PLD / FT, ¿abatirá casos PANAMA PAPERS?

AUDITORÍA Y SUPERVISIÓN PLD / FT, origen y objetivos

AUDITORÍA Y SUPERVISIÓN PLD / FT, directrices mundiales

AUDITORÍA Y SUPERVISIÓN PLD / FT, la normatividad en México

AUDITOR EN PREVENCIÓN DE LAVADO DE DINERO, requisitos

PLD / FT, auditoría interna como línea de defensa y la función de los auditores externos

OFICIALES DE CUMPLIMIENTO NO APROBARON LA CERTIFICACION PLD / FT, CNBV

PLD / FT, Multas y sanciones

SISTEMAS AUTOMATIZADOS PLD / FT – IT, riesgo y control interno

PLD / FT, auditoría interna como línea de defensa y la función de los auditores externos

DICTAMEN TÉCNICO EN MATERIA DE PLD / FT, ¿en qué consiste?

OPERACIONES RELEVANTES, INUSUALES E INTERNAS PREOCUPANTES, resolución del DOF 30 mayo 2016

PLD / FT, obligaciones mínimas

OFICIAL DE CUMPLIMIENTO, ¿qué es? y ¿cuáles son sus funciones?

BANCOS NIEGAN SERVICIOS A SOFOMES, SOFIPOS Y CENTROS CAMBIARIOS, se les califica de riesgosos

CENTROS CAMBIARIOS, modificaciones a disposiciones de carácter general

LAVADO DE DINERO, nuevo acuerdo México y E.U.

CONCEPTOS BÁSICO DE PLD FT

LAVADO DE DINERO AMENAZA CRECIENTE, conceptos básicos

LAVADO DE DINERO.- Organismos mexicanos encargados de combatirlo

TERRORISMO, concepto y tipificación de s financiamiento en México

México en el combate al financiamiento del terrorismo y lavado de dinero

LAVADO DE DINERO Y TERRORISMO, sus diferencias

MONEY LAUNDERING,- EL costo económico Estados Unidos -México

LAVADO DE DINERO Los costos económicos en la Esfera internacional

OFF-SHORE, ¿qué son los paraísos fiscales?

LFPIORPI 

LFPIORPI, reforma al formato oficial para actividades vulnerables

Cambios sugeridos a la LFPIORPI en 2019

LFPIORPI Y REGULACIÓN PLD/FT FINANCIERA, similitudes y diferencias

PORTAL DE PREVENCIÓN DE LAVADO DE DINERO, ¿presenta sus reportes?

LEY ANTI LAVADO DE DINERO, hoy entra en vigor

LAVADO DE DINERO.- Ley Antilavado

LAVADO DE DINERO EN MEXICO Y LA PROFESIÓN CONTABLE

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La Guerra contra los gorriones, las ocurrencias que deberían dejar enseñanzas para México

China, año 1960, la Revolución Roja está en todo su apogeo en el gigante asiático, el gran Salto Adelante 大跃进, anunciado por el Presidente Mao Zedong se ha propuesto basar el desarrollo económico, político y social de ese país que hasta ese entonces vivía en un modelo económico agrícola de tipo feudal con un grado de pobreza extrema y analfabetismo del 80%.

Preocupado y con buenas intenciones, al menos así lo percibían la ciudadanía más desfavorecida, el Presidente Mao, se propone mejorar las condiciones económico-sociales de la población que bajo el dominio de un régimen monárquico favoreció el poderío y riqueza de la nobleza y demás grupos de privilegio sobre una gran proporción de la  población en situación miserable.

La población rural vive condiciones de extrema pobreza con una producción agrícola insuficiente y en muchos casos, de subsistencia únicamente. La agricultura e industrialización del país están muy lejos de alcanzar los niveles de producción de países desarrollados.

El Gran Líder se pregunta ¿cuál es la razón de la baja producción de las cosechas?, y entonces llega a varias conclusiones: la migración del campo a la ciudad, carencia de una forma centralizada y comunal de producción, poco financiamiento al uso agrícola y….las plagas.

En el área industrial, el Líder del también partido Popular, comparó el desarrollo de  diversas naciones al finalizar la 2a. Guerra mundial, y se percató que la Gran Bretaña, producía una gran cantidad de acero. Llegó a la conclusión que la producción masiva de acero y su uso industrial le permitiría sacar de la pobreza a cientos de millones de chinos. Es así, que se enfrascó en la creación de ‘hornos de fundición’ colectivos, en cada comuna y cada pueblo. Incluso los campesinos fueron reclutados para esta nueva y naciente industria, la fundición. Sin ningún conocimiento, ni tecnología se instalaron hornos domésticos de fundición cuyo fuego se alimentaba con carbón vegetal, leña, muebles, partes de casas e incluso basura y desperdicios, se obligó a la gente a donar objetos metálicos de todo tipo, utensilios de cocina y herramientas.

El Presidente Mao analizó todas las plagas que diezmaban los cultivos, consideró que la más devastadora de ellas eran los gorriones. 

Si, el gorrión, esa ave pequeña de la familia Passeriforme de pico grueso y fuerte de tipo granívoro, con amplia distribución en Asia.

Una vez identificado al ‘enemigo’, se inicia la llamada Guerra contra los gorriones, la población de la China rural se enfrascó en la destrucción de esa ave, que según el  Gran Timonel, destruía las cosechas, causaba hambrunas y evitaba que la producción agrícola alcanzara niveles de autonomía alimentaria. Hombres, mujeres, y niños, se enfrascaron en exterminar estas aves, toneladas de explosivos se usaron para su destrucción en masa, incluso había premios para aquél que matara la mayor cantidad de aves.

El resultado: un desastre ecológico, pues en la temporada siguiente la ausencia de aves rompió la cadena alimentaria y plagas de insectos, usualmente depredados por estas aves, devastaron  las cosechas. La hambruna azotó al país, más de 23 millones de personas muertas de inanición entre 1958 y 1962 fueron reconocidas tardíamente por el Gobierno Central en 1988.

Con el proceso empírico de fundición de acero, no hubo mejores resultados, fue un completo desastre, se obtuvo hierro fundido con aleaciones de muchos otros metales e impurezas, al parecer, el Presidente Mao no sabía sobre los detalles técnicos del proceso de fundición ni sobre los logros del Ingeniero Bessemer en la fabricación de acero a escala industrial.

Su política del Gran Salto Adelante, fue más bien de retroceso económico y social, el descontento llevó a que los grupos antagónicos del Partido Popular Chino, lo apartaran del control estatal, poder que retomó nuevamente en 1964 con su  Revolución Cultural apoyado en su ejército rojo de adolescentes.

El Presidente Mao, se empecinó en hacer realidad una utopía basada en ocurrencias pseudo-científicas y elementos simbólicos de una soberanía mancillada por el Colonialismo de siglos anteriores, supuesto combate a la corrupción que únicamente sustituyó a los actores corruptos, eliminación de la propiedad privada y todo vestigio de liberalismo económico, la colectivización de la agricultura y los medios de producción que agravaron los problemas que pretendía resolver, creación de un enorme aparato burocrático consumidor de recursos y de poca efectividad, cerrazón al cambio de rumbo en sus políticas públicas ante los malos resultados de su gestión, oídos sordos, e incluso castigo a los opositores, a las necesidades de los ciudadanía y la destrucción de su propia autonomía para crear dependencia del estado,  adjudicación de la culpa de sus malos resultados a gobiernos anteriores, el Imperio y la posterior República del Kuomintang y a gobierno extranjeros enemigos al régimen, así como la creación de una nueva estructura social igualitaria y no individualista.

La solución de Mao, fue una medicina muy amarga y hasta contraproducente para una crónica enfermedad económica, política y social que tenía su origen desde siglos atrás. Tras la muerte del Presidente Mao en 1975, China dio un cambio de rumbo, su crecimiento no se dio de inmediato, pero es la nación que tras abandonar  su oxidado sistema socialista, ha logrado crecer a niveles asombrosos y sacar de la pobreza a la mayor cantidad de personas. Si ‘el Gran Timonel’ se levantara de su ataúd de cristal, y viera el rumbo actual de China, caería muerto de nuevo.

¿Qué debe aprender México sobre la historia de esta nación?

No importa si el gato es blanco o negro, mientras sea un buen gato y cace ratones. Deng Xiao Ping (Jefe de Estado y Dictador)

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LFPIORPI, reforma al formato oficial para actividades vulnerables

Desde el 24 de mayo 2021, se publicó en DOF la resolución que modifica el formato oficial de los avisos e informes los sujetos que desarrollan actividades vulnerables en los términos del artículo 17 de LFPIORPI, ya que se incluyen los servicios de outsourcing o servicios especializados.

De conformidad con la resolución, esta entrará en vigor a partir del 1 de septiembre de 2021. A partir del 1 de octubre de 2021 dejará de funcionar definitivamente al actual formato del Anexo 11.

Esta es la liga para descargar la resolución oficial: RESOLUCIÓN 24 DE MAYO 2021

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¿Desabasto de gas y maíz? Una historia que se repite

El pasado 2 de julio, el titular del ejecutivo externó el anuncio de la imposición de un precio tope al gas LP para controlar su continua alza, además se refirió a la importación de maíz para contener la escalada de precios.

Es innegable que el Presidente está comprometido a reducir la tasa de inflación del país, sin embargo, el control de precios por decreto, de ninguna forma es la mejor solución. No se trata de un descubrimiento actual, todos sabemos que la fijación de un precio tope, genera distorsiones en los mercados, causando desabasto y una oferta paralela no regulada con precios altos, que conocemos como mercado negro.

Parece ser que la escasez en México, de productos de primera necesidad de los inicios de la década de los 80, se ha olvidado. En esos años, debido a la fijación de precios máximos se llegó al desabasto de varios productos de consumo básico, como la leche, azúcar, maíz, huevo, gas LP, los dentífricos incluso, por mencionar algunos. Así como al surgimiento de ventas atadas, como lo era condicionar la venta de 2 litros de leche, sólo a los consumidores  que compraran cierta cantidad de otros productos.

En otros países de Latinoamérica tenemos muchos ejemplos más recientes, como el desabasto reciente de carne en Argentina, y en Venezuela de muchos suministros de uso cotidiano, por mencionar sólo algunos.

La escalada de precios, en el gas LP, debe controlarse a través de diversos mecanismos de política regulatoria y no únicamente atenerse a la fijación de un precio topado, que obedece a una política simplista de control de un bien determinado por mecanismos más complejos. El control de precios tendrá un efecto inmediato y contundente, en el corto plazo, pero ocasionará problemas mas serios de distorsión en los mercados y desabasto.

El precio del gas se ve impactado por diversos factores, como lo son la determinación de un precio de referencia internacional, el precio del dólar a nivel internacional,  los costos en los mecanismos de recepción, transporte, envasado y almacenaje donde su precio será afectado por costos de fletes, salarios, derechos, impuestos, seguros, fianzas, electricidad, etc. Asimismo deberá analizarse el sano nivel de competencia económica entre las entidades que comercializan el gas LP para evitar la ganancia especulativa por colusión de los oferentes.

Asimismo el nivel de precios de combustibles, como el gas LP, obedece a ciclos económicos y de precios, con la epidemia el precio bajó por poca demanda, y tras la gradual liberación de actividades económicas e industriales la demanda aumenta.

Situación semejante se ve reflejada en el precio de referencia internacional del maíz, que ha tenido un aumento en el último mes del 14.6% según análisis de la FAO, lo que ha ocasionado un incremento anual de un 111%, esto debido a poca oferta interna en varios países y aumento en la demanda de China. Por lo que la importación de maíz, con precios internacionales elevados no remediará la escalada de precios. Así que el precio de la tortilla seguirá las tendencias de precios mundiales.

No es mero capricho o disconformidad de tecnócratas, como refirió el Presidente.

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PLANEACIÓN FISCAL, ni delito ni magia. ¿Qué esperar en 2021?

A menudo los clientes piensan contratar los servicios de un profesional de la contabilidad para pagar el mínimo de impuestos, si es posible no pagar nada. Por otra parte la autoridad recaudatoria ve con malos ojos la creación de estrategias fiscales.

Nada de eso cierto. Por planeación debemos entender “el proceso de fijar objetivos o metas en una organización y elegir los cursos de acción, ya sean programas, planes, políticas o métodos, convenientes para alcanzarlos”

Por lo que la planeación fiscal será el proceso que tendrá como meta cubrir las obligaciones fiscales apegadas a la ley, contando con el soporte documental necesario al mismo tiempo que lograr la optimización de los recursos de la empresa y/o sujeto obligado.

La planeación fiscal es un traje a la medida para cada cliente, y se basa en el análisis y conocimiento del ente económico, el diagnóstico de la situación pasada, presente y futura del cliente, la evaluación de las mejores alternativas, la implementación de los planes o programas y su seguimiento en el tiempo.

La planeación permitirá pagar lo justo con observancia de la Ley en un marco de transparencia, objetividad y evidencia documental.

¿Qué retos depara a los contribuyentes una Reforma Fiscal para el 2021?

Después de meses de afrontar una epidemia global, que aún no termina, el Gobierno  Federal buscará la forma de aumentar los ingresos fiscales, y ello con el estrene un nuevo Secretario de Hacienda, que no tiene mucho margen de maniobra, pues está acotado a la solicitud del Jefe del Poder Ejecutivo.

No podrá incrementar impuestos y tampoco crear nuevas contribuciones. Por lo que no se espera el incremento al IVA ni gravar a medicinas y alimentos. La Reforma fiscal mas bien se enfocará a lograr una cobranza punitiva centrada en grandes contribuyentes. 

Por otra parte, el Presidente exige recursos para sus proyectos de infraestructura y para la manutención de sus programas sociales. Así que para el resto de contribuyentes se espera mayor fiscalización y auditorías, combate a la evasión, facilidades al cumplimiento en el pago de contribuciones, mejoras al buzón tributario, mayor freno a devoluciones, políticas anticorrupción en aduanas y quizá una actualización del padrón de contribuyentes.

Ya habíamos comentado en anteriores entregas, la preocupación del SAT respecto a los EFOS. Así que las medidas que anuncia el SAT ahora, son las mismas que año con año la autoridad ha anunciado llevar a cabo.

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BANXICO, Aumento de tasa de Interés

Banxico anunció el incremento de un cuarto de punto, en la tasa de interés bancaria de referencia. La tasa de interés se ha colocado en 4.25% anual. 

El incremento se ha aprobado por mayoría en la Junta de Gobierno del Banco Central, como un elemento de política monetaria empleado para apuntalar la contención de la inflación, que ha superado las expectativas de inflación.

 El incremento inesperado de la tasa de interés, toma con sorpresa a varios sectores de la economía, pues tendrá ciertas repercusiones en el proceso de recuperación económica que la pandemia ha causado.

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¿Indicios de Estanflación?¿ La economía colapsará?

Por estanflación se entiende el fenómeno económico consistente en el crecimiento de la inflación, es decir, en el nivel general de precios y el estancamiento económico. 

El control y corrección de la estanflación, conlleva un enorme desafío para la autoridad al momento de aplicar políticas monetarias y fiscales. Pues las políticas que controlan el crecimiento generalizado de
precios afectan negativamente al crecimiento económico y la inversión, y por otro lado las políticas que promueven el crecimiento económico conllevan mayor aumento en el nivel general de precios. 

Con respecto al crecimiento económico del 5% para el 2021 expresado por el Secretario de Hacienda, no se trataría de un crecimiento propiamente dicho, sino de una recuperación de la caída en el producto interno bruto del 2020. Como bien saben las autoridades fiscales y monetarias el crecimiento económico requiere confianza por parte del consumidor y del inversionista. #el dinero huye de entornos adversos, y la implementación errática de políticas públicas en estas, ya de por sí complicadas, circunstancias epidémicas, y emisión de políticas que crean expectativas negativas en los aspectos políticos, judiciales, ataques a organismos autónomos, polarización social emanada desde el poder ejecutivo y eliminación de certidumbre a proyectos de inversión, entre otros, no favorece la fluida recuperación económica. 

 

El retiro de mas de $6mil 500 millones de dólares del país, por parte de inversionistas obedece más a las nerviosas expectativas por el aumento de tasas de interés en los Estados Unidos, que a factores internos del mercado mexicano.

Elementos previsibles en el aspecto económico son:

  • la recuperación económica no comenzará plenamente hasta que se logre el control de la epidemia Covid 19, la economía mexicana ademas, ya presentaba al cierre de 2019 un claro decrecimiento económico.
  • Las repercusiones económicas han golpeado de
  • manera desigual a la sociedad, no todos los sectores económicos afrontan el mismo grado de crisis económica y por consiguiente, los efectos económicos negativos han golpeado más fuerte a la población más pobre y vulnerable, entre esta población se encuentran las mujeres. En recientes anuncios el CONEVAL dio a conocer que la pobreza laboral aumento durante el primer trimestre del 2021 de 35.6 a 39.4% y el el ingreso real bajó 4.8% mientras que la canasta básica se incrementó en un 4%, con ello cerca del 50% de los trabajadores no pueden adquirir una canasta básica aún teniendo empleo.
  • La recuperación económica para el 2021 no será inmediata y acelerada, como lo describió en algún momento la autoridad hacendaria, en forma de  V, al menos no en todos los sectores económicos. En ciertas áreas el prolongado confinamiento causó nula oferta y demanda agregada negativa. Por lo que muchos sectores económicos cerraron definitivamente y vieron erosionado en diverso grado la posición financiera de los entes económicos. Con esto último sus ahorros se extinguieron, aumentó su nivel de endeudamiento, o simplemente cayeron en el impago de sus obligaciones.
  • Las expectativas de inversión serán negativas o al menos conservadoras, en tanto las políticas públicas estén basadas en ocurrencias, mayor control del poder ejecutivo e injerencia e inconformidad con las decisiones de los organismos autónomos, así como el gran peso que el poder ejecutivo otorga a antiguos símbolos de la soberanía nacional.
  • Efectos adversos del exterior causados por la política monetaria de los Estados Unidos y la continuación de políticas proteccionistas.
  • La tasa de inflación anualizada llegó a 6.08% que es la tasa más elevada en los últimos 4 años, por lo que Banxico se verá limitado para disminuir la tasa de interés permaneciendo en el 4%.

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Riesgos de una Reforma Constitucional

Con casi una treintena de amparos otorgados contra la recién modificada Ley de la Industria Eléctrica, ha comenzado la batalla legal que pretende desechar la controversial política en materia energética que impulsa el Gobierno de la 4T.

El presidente de México, Andrés Manuel López Obrador, anticipándose a que la Suprema Corte de Justicia, considere esta ley anti constitucional, amenaza ahora con Reformar la Constitución.

Pero, ¿cuales son los riesgos de una Reforma Constitucional propuesta por el poder ejecutivo de forma tan precipitada?

Le preguntamos su opinión a un experto, al Doctor en Derecho, Catedrático de la Universidad de Valencia y Colaborador del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM , Abogado Carlos Tormo Camallonga y esta fue su respuesta:

Cualquier ciudadano mínimamente instruido en la Ciencia del Derecho sabe que toda norma jurídica es una moneda de dos caras que representan cada una de ellas la justicia y la seguridad jurídica. La primera da lugar a disquisiciones eternas y sin conclusiones definitivas ni inmutables; la segunda, no tanto, en la medida en que la podemos definir, simplemente, como la “certeza del derecho”, en su conocimiento y en su aplicación. La justicia y la seguridad son elementos que no pueden entenderse por separado. 

Dejando, con nuestro mayor respeto, para filósofos y demás estudiosos de la ética y la moral, el alcance de lo que puede entenderse por justicia, cualquiera de nosotros sí está suficientemente capacitado para entender la seguridad jurídica como la garantía que el Estado concede al ciudadano de que sus derechos y libertades no van a ser manoseados arbitrariamente ni por los otros ciudadanos ni mucho menos por la Administración Pública. En este sentido, toda norma jurídica requiere de un mínimo de estabilidad en su vigencia y aplicación, de manera que todo cambio al respecto debe venir precedido de un amplio consenso social sobre su oportunidad.

A todos estos efectos no está de más recordar que la Constitución mexicana no es precisamente un texto sencillo de interpretar en todas sus posibilidades, sino más bien todo lo contrario, algo especialmente acentuado cuando hablamos de su reforma Y así es hasta el punto de que a día de hoy los estudiosos de la materia no se ponen de acuerdo ni siquiera en el número de alteraciones que ha sufrido a lo largo de los años. 

Es obvio que toda evolución o cambio de la sociedad, por mínimo que sea, requiere de una legislación que se adapte a las nuevas sensibilidades. En este punto la doctrina constitucionalista conviene en que nuestra carta magna es razonablemente receptiva en tanto que permite reformarse, y más en concreto adicionarse, sin necesidad de superar trámites excesivamente gravosos. Contrariamente, la ambigua redacción de muchos de sus artículos, y muy especialmente del 135, y en tantos puntos, solo puede resultar aceptable para los intereses ciudadanos, y nacionales en su conjunto, desde la exquisita responsabilidad política de todos y cada uno de los órganos con voz y voto en la alteración del texto constitucional. Y una de las principales objeciones sobre este artículo es la concreción de los órganos o entidades legitimados para presentar la iniciativa de reforma constitucional, como quedó claramente expuesto en 1982 con motivo de la reforma del artículo 28 para que el servicio de banca y crédito fuera brindado exclusivamente por el Estado.  

Al margen de la oportunidad o no de esta reforma en la coyuntura económica del momento, la iniciativa de López Obrador puede sentar un peligroso precedente, como es el de todo Presidente de la República pueda sentirse legitimado para reformar la Constitución en la consecución de unos objetivos que, de por sí, son ideológicos y, por lo tanto, susceptibles de mutar cada seis años. Se estaría abriendo la caja de los truenos y lo que es peor, se estaría lanzando un mensaje de peligrosa discrecionalidad por parte del Presidente de la República que rozaría la arbitrariedad y, en consecuencia, el abuso de poder. Lo podríamos entender cuando el Presidente era el jefe del partido hegemónico, pero consideramos que resulta del todo inapropiado en una democracia representativa y multipartidista como es la actual.  

En la consecución de las legítimas pretensiones, todo protagonista en el gobierno de la República debe ensayar cualquier instrumento a su alcance, dentro del ordenamiento jurídico, antes de proceder a la reforma de la Carta Magna. Este debería ser el último de los recursos al que acudir. Una simple sentencia en primera instancia por la jurisdicción ordinaria en absoluto puede desencadenar semejante turbulencia política. Es más, toda sentencia judicial permite un replanteamiento de la cuestión; es una invitación a la reflexión. De lo contrario, si cada pronunciamiento judicial que objeta cada decisión política de cuestionable constitucionalidad es acallado por la correspondiente reforma propiamente constitucional ad hoc, flaco favor le estamos haciendo a la democracia mexicana, en tanto que pretendemos un poder judicial sometido a los designios del partido político y/o del Presidente de turno. 

Al margen de la oportunidad de la iniciativa legislativa de López Obrador, en la que no entramos, una reforma de semejante calado y repercusión nacional e internacional, requiere de una discusión detenida. Es cierto que ello requiere de no poco tiempo, pero no lo es menos que la Norma Suprema siempre debe ser fruto del consenso entre todos los implicados, y como no del pueblo. 

El sosiego normativo siempre es un mensaje de madurez democrática e institucional tanto a la ciudadanía en general como a la comunidad internacional. Y si el texto constitucional mexicano no es lo que demanda una sociedad moderna como la nuestra necesita, no cabe más que su oportuna reforma integral, cuando no una nueva Constitución? Mientras tanto, es del todo contrario a los intereses mexicanos perpetuar unas prácticas propias de un régimen monolítico de partidos que, aunque hay consenso en dejar atrás, parece que algunos se resisten. Aunque dudamos, no cuestionamos la legalidad de la reforma, pero sí discrepamos, y radicalmente, de su oportunidad. 

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